La Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda acuñará piezas de colección de 10 y 12 euros de valor para conmemorar la presidencia española de la Unión Europea durante el primer semestre de 2010, según la Orden Ministerial 3508/2009, publicada el pasado 30 de diciembre en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 314.
España asumirá la presidencia de turno del Consejo de Ministros de la Unión Europea durante el primer semestre de 2010. Será la cuarta ocasión que España tenga esta responsabilidad y la primera vez en la historia de la Unión Europea en la que se ponga en marcha una presidencia en equipo. España, junto con Bélgica y Hungría, compartirán objetivos para la Unión Europea durante dieciocho meses, desde el 1 de enero de 2010 hasta el 30 de junio de 2011, en el marco del nuevo sistema de presidencias rotatorias.
Con motivo de este acontecimiento se va a proceder a la emisión, acuñación y puesta en circulación de monedas de colección de 12 euro y monedas de colección de 10 euro de valor facial.
Unión de banderas en los 12 euro
La pieza de 12 euro será acuñada en plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre. Tendrá un peso de 18 g con una tolerancia en más o en menos de 0,18 g.; y un diámetro de 33 mm., con canto liso.
En el anverso se reproducirán las efigies superpuestas de SS.MM los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía. En la parte superior, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda “JUAN CARLOS I Y SOFÍA”. En la parte inferior, en mayúsculas, entre dos puntos y separados por un guión, la leyenda “ESPAÑA” y el año de acuñación “2010”. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
En el reverso, en la zona central, aparecen unos trazos entrecruzados simbolizando una unión de banderas. En medio de ellas, a la izquierda, en dos líneas y en mayúsculas el valor facial de la pieza “12 EURO”; a la derecha, sobre los trazos de las banderas y en sentido circular creciente, siete estrellas. En la parte superior de la moneda, dentro de un círculo, aparece en imagen latente una estrella grande y la cifra “10”; en la parte inferior, el logotipo creado para la presidencia en equipo de España, Bélgica y Hungría, formado con las letras “eu” en minúsculas; a la izquierda, la marca de Ceca. Debajo de estos motivos y leyendas, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda “PRESIDENCIA ESPAÑOLA DE LA UNIÓN EUROPEA 2010”. Finalmente, una gráfila de perlas rodea todos los motivos y todas las leyendas de la pieza.
Columna y banderas en los 10 euro
Por su parte, la moneda de 10 euro de valor facial (módulo de 8 reales), será también acuñada en plata de 925 milésimas, siendo el resto de cobre. Su peso será de 27 gramos con una tolerancia en más o en menos de 0,27 g., y el diámetro de 40 mm., con con canto estriado y calidad Proof.
En el anverso se reproducirán las efigies superpuestas de SS.MM los Reyes Don Juan Carlos y Doña Sofía. En la parte superior, en sentido circular y en mayúsculas, la leyenda “JUAN CARLOS I Y SOFÍA”. En la parte inferior, en mayúsculas, entre dos puntos y separados por un guión, la leyenda “ESPAÑA” y el año de acuñación “2010”. Rodea los motivos y leyendas una gráfila de perlas.
En el reverso, en la zona central, aparece una columna, con unos trazos entrecruzados simbolizando una unión de banderas. A la derecha, en dos líneas y en mayúsculas, el valor facial de la pieza “10 EURO”. Envolviendo la columna y el valor aparecen doce estrellas; debajo, la marca de Ceca. En la parte superior de la moneda, el logotipo creado para la presidencia en equipo de España, Bélgica y Hungría, formado con las letras “eu” en minúsculas. A la izquierda de la moneda, en sentido circular descendente y en mayúsculas, la leyenda “PRESIDENCIA ESPAÑOLA DE LA UNIÓN EUROPEA 2010”.
Según la Orden Ministerial que regula la emisión, el número máximo de piezas de 12 euro de valor facial a acuñar será de 2.000.000. Dicha cantidad podrá ser aumentada o reducida en función de la demanda del mercado y será determinado por una Comisión de Seguimiento, integrada por representantes de la Dirección General del Tesoro y Política Financiera, del Banco de España y de la Fábrica Nacional de Moneda y Timbre-Real Casa de la Moneda. Las decisiones a este respecto, de la Comisión citada tendrán como objetivo evitar divergencias significativas entre el valor facial y el valor numismático de esta moneda.